Micelio

Artículo 3

Ley 73 de 1892 · por la cual se mandan establecer almacenes de sal en Málaga y la Uvita o Soatá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 3.° Cada uno de estos almacenes será servido por los siguientes empleados:

Un Almacenista con mil ochocientos pesos $ 1,800 anuales.

Un Oficial escribiente con setecientos veinte pesos $ 720anuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 73 de 1892