Micelio

Artículo 1

Ley 97 de 1876 · Por la cual se condona un alcance deducido por la Oficina jeneral de Cuentas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Condónase al señor Jorje Quijano el alcance de ochocientos cuarenta i ocho pesos, catorce centavos, que le dedujo la oficina jeneral de Cuentas, como administrador principal de Hacienda nacional de popayan, en el año económico de 1873 a 1874, siempre que el responsable compruebe, a satisfacción del Poder Ejecutivo, que de dicha suma eran deudores en 31 de marzo de 1874 los diversos Administradores subalternos mencionados por él en los descargos que dío a la oficina jeneral de Cuentas

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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