º . Momento de la causación. La Cuota de Fomento para la Modernización y Diversificación del Subsector Tabacalero se causará por una sola vez al momento de la venta de la hoja de tabaco. La obligación de cancelar la mencionada cuota recaerá en cabeza del productor al momento de la venta en el mercado nacional y en el productor - exportador al momento de la legalización de la exportación.
Serán sujetos de la Cuota de Fomento para la Modernización y Diversificación del Subsector Tabacalero toda persona natural o jurídica que cultive o exporte la hoja de tabaco.