Micelio

Artículo 8

Ley 2153 de 2021 · por la cual se crea un sistema de información, registro y monitoreo que permita controlar, prevenir y evitar el tráfico ilegal de fauna y flora silvestre en el territorio nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quienes realicen acciones de tráfico ilegal de fauna y flora silvestre, incurrirán en infracción a la normatividad ambiental y serán objeto de las medidas preventivas y de las sanciones consagradas en la Ley 1333 de 2009 y del Código Nacional de Policía y Convivencia o de las normas que hagan sus veces en aras de imponer las respectivas multas, sanciones o penas a que haya lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2153 de 2021