Micelio

Artículo 3

Habrá En La Costa Atlántica Una Administración General De Salinas Marítimas, Con Asiento En La Ciudad De Barranquilla, Y Con Los Empleados Y Sueldos Que En Seguida Se Determinan: 1

Decreto 986 de 1922 · Por el cual se organiza la Administración de las salinas marítimas del Atlántico y la venta de sus sales en los Departamentos del Pacífico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Habrá en la Costa Atlántica una Administración general de Salinas Marítimas, con asiento en la ciudad de Barranquilla, y con los empleados y sueldos que en seguida se determinan

1.

Un Administrador General Tesorero, con sueldo mensual de$400

2.

Un Contador Interventor, con sueldo mensual de$250

3.

Un Tenedor de Libros, con sueldo mensual de $140

4.

Un Oficial Secretario, con sueldo mensual de$100 5: Un Escribiente Archivero y Portero, con sueldo mensual de $ 60 6° Un Ingeniero, son sueldo mensual de $200

Parágrafo

Si el Gobierno estimare conveniente nombrar un técnico o experto para la explotación científica de las salinas, tal técnico funcionará de acuerdo con el Ingeniero y conforme a las órdenes del Administrador General, y su remuneración será la que se fije por Contrato o Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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