Micelio

Artículo 21

Toda Cantidad De Aceites Y Grasas Lubricantes Que Se Encontrare Sin El Comprobante De Haberse Satisfecho El Impuesto De Consumo, O Que No Estuviere Amparada Por La Correspondiente Guía, Será Considerada Como De Contrabando, Y De Consiguiente Será Decomisada

Decreto 115 de 1932 · Por el cual se reglamenta la Ley 85 de 1931, relativa al impuesto de consumo sobre aceites y grasas lubricantes

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda cantidad de aceites y grasas lubricantes que se encontrare sin el comprobante de haberse satisfecho el impuesto de consumo, o que no estuviere amparada por la correspondiente guía, será considerada como de contrabando, y de consiguiente será decomisada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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