º El grupo de trabajo estará bajo la inmediata dirección del Consejero para la Política Social y estará integrado con funcionarios de las entidades estatales, encargadas de la ejecución de la política Social, designados por el Presidente de la República.
Decreto 296 de 1992 →Vigente
Artículo 2
El Grupo De Trabajo Estará Bajo La Inmediata Dirección Del Consejero Para La Política Social Y Estará Integrado Con Funcionarios De Las Entidades Estatales, Encargadas De La Ejecución De La Política Social, Designados Por El Presidente De La República
Decreto 296 de 1992 · por el cual se asigna un grupo de trabajo a la Consejería para la Política Social.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.