De una subvención igual a la que por la presente Ley se concede al Departamento de Antioquia, para el Ferrocarril de Urabá, disfrutará el Departamento de Boyacá para su ferrocarril de Tunja al Magdalena, siempre que sea de vía de ancho no menor de una yarda.
Ley 64 de 1913 →Vigente
Artículo 7
Ley 64 de 1913 · Sobre construcción de una vía férrea y auxilio a otra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.