º A partir de la expedición del presente Decreto los niveles porcentuales del Certificado de Reembolso Tributario, CERT, para las exportaciones cuyo destino final sea uno cualquiera de los siguientes países: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela, serán los señalados en el Decreto 637 del 15 de marzo de 1984, y demás normas que lo modifiquen o adicionen.
Decreto 929 de 1985 →Vigente
Artículo 1
º A Partir De La Expedición Del Presente Decreto Los Niveles Porcentuales Del Certificado De Reembolso Tributario, Cert, Para Las Exportaciones Cuyo Destino Final Sea Uno Cualquiera De Los Siguientes Países: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay Y Venezuela, Serán Los Señalados En El Decreto 637 Del 15 De Marzo De 1984, Y Demás Normas Que Lo Modifiquen O Adicionen
Decreto 929 de 1985 · Por el cual se toman medidas relacionadas con el Certificado de Reembolso Tributario, CERT
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.