Informe de rendición de cuentas. La Sociedad Administradora de los Fondos de Inversión Colectiva deberá rendir un informe detallado y pormenorizado de la gestión de los bienes entregados o transferidos en virtud del acuerdo celebrado, entre las partes, respecto de aquello que tenga relevancia con la labor ejecutada, incluyendo el balance general del fondo de inversión colectiva y el estado de resultados del mismo. Corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia definir la forma y contenido mínimo del informe de rendición de cuentas.
El informe de rendición de cuentas deberá hacerse por lo menos cada seis (6) meses con cortes a 30 de junio y 31 de diciembre, salvo que en el reglamento del fondo de inversión colectiva se disponga una periodicidad menor. El envío del informe deberá efectuarse en un plazo máximo de quince (15) días comunes contados desde la fecha del respectivo corte.