Visitas de control . Dentro de la facultad de control que corresponde al Gobierno Nacional sobre todos los explosivos, los elementos que sin serlo individualmente, en conjunto, conforman sustancias explosivas y los elementos que sin serlo de manera original mediante un proceso pueden transformarse en explosivos, el Departamento de Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del Comando General de las Fuerzas Militares realizará visitas periódicas de inspección para determinar el cumplimiento de las normas previstas en este decreto y las demás relacionadas con la materia. Sin perjuicio de lo anterior, deberá implementar un sistema de control eficiente para determinar la correcta utilización de los productos.
Decreto 334 de 2002 →Vigente
Artículo 22
Decreto 334 de 2002 · Por el cual se establecen normas en materia de explosivos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.