De conformidad con lo dispuesto por el artículo 130 de la Ley 270 de 1996 los empleos de la Fiscalía se clasifican, según su naturaleza y forma como deben ser provistos, en de libre nombramiento y remoción y de carrera. Son de libre nombramiento y remoción
Vicefiscal General de la Nación
Secretario General
Directores Nacionales
Directores Seccionales
Los empleos adscritos a los Despachos del Fiscal General, del Vicefiscal y de la Secretaría General.
Los Fiscales Delegados ante la Corte Suprema de Justicia. Los demás cargos son de carrera y deberán proveerse mediante el sistema de méritos, a través del proceso de selección. SECCION SEGUNDA De la administración de la carrera