Micelio

Artículo 4

Los Contratos Que Celebre El Gobernador De Cundinamarca En Desarrollo De Las Autorizaciones Conferidas Por Los Artículos 1° Y 3° De Este Decreto, Requerirán El Concepto Favorable De La Junta De Hacienda Del Departamento Y La Aprobación Del Gobierno Nacional

Decreto 1127 de 1950 · Por el cual se confieren unas autorizaciones al Gobierno de Cundinamarca para la financiacion, construccion y explotacion del oleoducto Puerto Salgar-Bogota

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los contratos que celebre el Gobernador de Cundinamarca en desarrollo de las autorizaciones conferidas por los artículos 1° y 3° de este Decreto, requerirán el concepto favorable de la Junta de Hacienda del Departamento y la aprobación del Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1127 de 1950