°. Los contratos que celebre el Gobernador de Cundinamarca en desarrollo de las autorizaciones conferidas por los artículos 1° y 3° de este Decreto, requerirán el concepto favorable de la Junta de Hacienda del Departamento y la aprobación del Gobierno Nacional.
Decreto 1127 de 1950 →Vigente
Artículo 4
Los Contratos Que Celebre El Gobernador De Cundinamarca En Desarrollo De Las Autorizaciones Conferidas Por Los Artículos 1° Y 3° De Este Decreto, Requerirán El Concepto Favorable De La Junta De Hacienda Del Departamento Y La Aprobación Del Gobierno Nacional
Decreto 1127 de 1950 · Por el cual se confieren unas autorizaciones al Gobierno de Cundinamarca para la financiacion, construccion y explotacion del oleoducto Puerto Salgar-Bogota
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.