Micelio

Artículo 16

Decreto 1064 de 2020 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Operaciones. Son funciones de la Subdirección de Operaciones, las siguientes

1.

Dar soporte y administrar la gestión de los proyectos de la Dirección de infraes­tructura.

2.

Controlar, hacer seguimiento integral y cerrar la ejecución de los proyectos de acceso y servicio universal a las TIC, sus interventorías y aquellos que se imple­menten en la modalidad de obligaciones de hacer.

3.

Asegurar el cumplimiento de los mecanismos y metodologías de gestión de pro­yectos.

4.

Definir y establecer el equipo de supervisión para el desarrollo de los proyectos de acceso y servicio universal a cargo de la Dirección, con el fin de adelantar la supervisión, seguimiento, verificación y cierre de los proyectos en los casos en que no se cuente con interventoría, de manera que se garantice su oportuna ejecución, satisfaciendo los criterios de calidad establecidos.

5.

Acompañar y orientar la supervisión del cumplimiento de las obligaciones es­tablecidas en los contratos de los operadores, con apoyo del seguimiento que realizan los interventores seleccionados por la Entidad para cada contrato, y de acuerdo con el manual de supervisión definido por la Entidad.

6.

Dirigir, acompañar y orientar la supervisión del cumplimiento de las obligacio­nes establecidas en los contratos de las firmas interventoras.

7.

Verificar la medición de indicadores por parte de los operadores, en coordinación con la interventoría, cuando aplique, y dentro de los plazos establecidos en los contratos, cuando a ello haya lugar.

8.

Estudiar, preparar y revisar los modelos técnicos y análisis financieros, necesa­rios para los proyectos implementados por la Dirección de Infraestructura, así como generar los insumos requeridos por la Subdirección de Estructuración.

9.

Elaborar los conceptos técnicos que se requieran para ejecución y cierre de los proyectos implementados por la Dirección de Infraestructura.

10.

Atender las solicitudes y quejas en el marco de la ejecución y cierre de los pro­yectos adelantados en la Dirección de Infraestructura.

11.

Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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