La estructura interna del Instituto será determinada por acuerdo de la Junta Directiva, a propuesta del Director, pero su nomenclatura se ajustará a las siguientes normas:
Las unidades de nivel directivo se denominarán subdirecciones;
Las unidades que cumplan funciones de asesoría o coordinación se denominarán Oficinas o Comités y Consejos cuando incluyan personas ajenas al organismo;
Las unidades operativas Incluidas las que atienden los servicios administrativos internos se denominarán Divisiones, Secciones y Grupos;
Las unidades que se creen para el estudio o decisión de asuntos especiales se denominarán comisiones o juntas.