Decreto 1651 de 1961 · Por el cual se dictan normas procedimentales para la aplicación de la ley 81 de 1960
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Suprimido
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 147. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá autorizar la venta de las publicaciones y formularios que elabore la División de Impuestos Nacionales, y crear y organizar un fondo rotatorio con el producto de su expendio y otros recursos, a fin de atender el servicio de divulgación tributaria.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.