Micelio

Artículo 2

Decreto 2586 de 1997 · por el cual se organiza y se pone en funcionamiento el Fondo del Plan Nacional de Desarrollo Alternativo -Fondo Plante- y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Objetivos específicos. El Fondo Plante con estricta sujeción al objeto establecido en el artículo 15 de la Ley 368 de 1997 tendrá por objetivos específicos los siguientes

1.

Generar opciones productivas lícitas, rentables y ambientalmente viables, a fin de superar las condiciones que facilitaron el establecimiento de cultivos ilícitos.

2.

Adelantar acciones tendientes al mejoramiento de la calidad de vida.

3.

Apoyar las actividades necesarias para la conservación del medio ambiente.

4.

Promover el rescate y mantenimiento de los valores éticos y culturales para la convivencia pacífica.

5.

Desarrollar los objetivos y funciones que el Presidente de la República le asigne al Plan Nacional de Desarrollo Alternativo, relacionados con el objeto de que trata el artículo 15 de la Ley 368 de 1997.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2586 de 1997