° En las oficinas de Registro y Notarías se dará trámite preferencial a los contratos, escrituras y documentos necesarios para efectuarlos, correspondientes a las propiedades a que se refiere este Decreto, dentro de los términos y bajo las sanciones de que trata el artículo 4° de la Ley 40 de 1932.
Decreto 2910 de 1953 →Vigente
Artículo 3
En Las Oficinas De Registro Y Notarías Se Dará Trámite Preferencial A Los Contratos, Escrituras Y Documentos Necesarios Para Efectuarlos, Correspondientes A Las Propiedades A Que Se Refiere Este Decreto, Dentro De Los Términos Y Bajo Las Sanciones De Que Trata El Artículo 4° De La Ley 40 De 1932
Decreto 2910 de 1953 · Por el cual se declaran de utilidad pública las propiedades necesarias para los aeropuertos internacionales de Bogotá y Cali, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.