Micelio

Artículo 1

Decreto 2158 de 1992 · por el cual se reestructura la superintendencia de notario y registro.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

NATURALEZA Y OBJETIVOS. - La Superintendencia de Notariado y Registro continuará funcionando como una unidad administrativa especial, adscrita al Ministerio de Justicia, con personería jurídica y patrimonio autónomo.

Tendrá como objetivos la dirección, inspección y vigilancia de los servicios públicos de notariado y registro de instrumentos públicos; la organización y administración de las oficinas de registro de instrumentos públicos y la asesoría al Gobierno Nacional en la fijación de las políticas y los planes relacionados con los servicios por ella regulados.

Parágrafo

PARAGRAFO. En tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 266 de la Constitución Política, asume las funciones de dirección, coordinación y administración del registro del Estado Civil, la Superintendencia de Notariado y Registro continuará cumpliendo estas funciones como lo viene haciendo hasta la fecha, a cuyo propósito mantendrá una División de Registro de Estado Civil de las Personas, dependiente de la Secretaría General de la entidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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