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Artículo 9

El Ministerio De Instrucción Pública Y Las Gobernaciones Exigirán Fianza En Los Casos En Que Lo Juzguen Conveniente Á Rectores, Directores De Establecimientos De Educación Pública Ó Empleados Encargados De Gabinetes, Laboratorios, Etc

Decreto 437 de 1909 · Sobre responsabilidad relativa a los mobiliarios, útiles, textos, laboratorios, gabinetes, etc., destinados a la instrucción pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Ministerio de Instrucción Pública y las Gobernaciones exigirán fianza en los casos en que lo juzguen conveniente á Rectores, Directores de establecimientos de educación pública ó empleados encargados de gabinetes, laboratorios, etc., para asegurar la responsabilidad de que trata este Decreto. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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