Vicepresidencia Jurídica. Son funciones de la Vicepresidencia Jurídica las siguientes
Definir las estrategias y políticas en materia jurídica y brindar asesoría, acompañamiento y soporte legal en el desarrollo de temas concernientes al negocio en materia de derecho financiero, bursátil, comercial, civil, administrativo, contractual, laboral, entre otras materias jurídicas.
Planear, coordinar, dirigir, asesorar y controlar las actividades relacionadas con la gestión jurídica de la entidad.
Estudiar, analizar, conceptuar y asesorar sobre la aplicación de normas legales, reglamentarias y estatutarias que rijan la actividad del FNG para su correcta implementación.
Estudiar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, acuerdos, resoluciones y demás actos internos que deba expedir o proponer el FNG o que sean sometidos a su consideración.
Orientar y acompañar jurídicamente la actuación del FNG con el fin de lograr el cumplimiento del plan estratégico.
Asesorar, orientar y acompañar jurídicamente a todas las dependencias del FNG, incluidas la Asamblea General de Accionistas y la Junta Directiva.
Realizar el análisis jurídico de los negocios del FNG, asegurando la correcta constitución de los mismos.
Asegurar la debida representación de la entidad en los asuntos y procesos que se promuevan en su contra o que este deba impulsar.
Dirigir el proceso de la administración de los procesos judiciales del FNG.
Dirigir, coordinar y controlar el proceso de administración de recuperación de la cartera del Fondo Nacional de Garantías.
Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con las investigaciones de carácter disciplinario que se adelanten contra los funcionarios o exfuncionarios del FNG de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia.
Dirigir el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales y en especial por el registro de las bases de datos de la Entidad ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Participar en el proceso de identificación, medición y control de riesgos, relacionados con los procesos que se desarrollan en la Vicepresidencia.
Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los Estatutos Sociales, los reglamentos, normas y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.