Micelio

Artículo 29

Decreto 1580 de 1974 · Por el cual se dictan normas básicas sobre el Servicio Postal Colombiano

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo veintinueve. Servicio de Reembolso Consiste este servicio en que el usuario confía al Correo la entrega a una persona determinadas, de mercaderías u objetos de valor contra el pago de la misma. El Correo debe recibir en dinero efectivo el valor del reembolso al momento de entregar el envío al destinatario, para luego hacerlo llegar al remitente. Pueden ser expedidos contra reembolso los servicios de correspondencia recomendados, las cartas y las cajas con valor declarado y las encomiendas postales con valor declarado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1580 de 1974