El auxilio concedido al Hospital de Caridad de Barranquilla por la Ley 43 de 1890, se eleva á la suma de seis mil pesos anuales ($ 6,000). Auméntase igualmente á cuatro mil pesos ($ 4,000) el auxilio concedido al Hospital de Caridad de Chiquinquirá. También se aumenta el auxilio concedido por la misma Ley á los siguientes hospitales, así: Al de Bucaramanga á$2,500Piedeonesta á1,500Zapatoca á1,000Leiva á1,500Guateque á2,500Cartagena á4,000Cartago á1,200Tenza á1,000Socorro á2,000Tunja á4.000
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.