Micelio

Artículo 85

Prestacion Del Servicio Mediante Contrato Con Otras Entidades

Decreto 1298 de 1994 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema General de Seguridad Social en Salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

PRESTACION DEL SERVICIO MEDIANTE CONTRATO CON OTRAS ENTIDADES. Todas las entidades públicas descentralizadas del orden nacional, departamental, distrital y municipal directas o indirectas creadas para el efecto o mediante asociación de municipios o de sistemas asociativos pueden prestar los servicios de salud mediante contratos celebrados para el efecto, con fundaciones o instituciones de utilidad común, corporaciones o asociaciones, sin ánimo de lucro, las entidades de que trata el artículo 22 de la Ley 11 de 1986 del presente Estatuto o, en general, con otras entidades públicas o personas privadas jurídicas o naturales que presten servicios de salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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