Artículo octavo Si con fundamento en la Resolución dictada por el Ministerio de Fomento hubiere necesidad de entablar juicio de lanzamiento, y éste se demorare más de cinco meses, el propietario quedara exento de lo establecido en el artículo anterior.
Decreto 1616 de 1956 →Vigente
Artículo 8
Decreto 1616 de 1956 · Por el cual se reglamenta el artículo 2º del Decreto número 1070 de 1956
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.