Son Funciones De La Sección De Visitaduría Del Trabajo: A) Dirigir, Coordinar, Controlar Y Evaluar Las Labores Del Grupo De Encuestas Laborales; B) Adelantar Las Investigaciones A Que Haya Lugar Por El Incumplimiento De Las Normas Legales, Convencionales O Arbítrales, En Materia Laboral; C) Practicar Visitas De Inspección Para Establecer El Cumplimiento De Las Normas Legales, En Materia Laboral Y De Seguridad Social De Los Trabajadores; D) Imponer Las Sanciones Pertinentes A Quienes Violen Las Normas Legales, Convencionales O Arbitrales; E) Estudiar Las Actas De Visitas De Inspección Y Los Informes Relacionados Con Las Investigaciones, Con El Fin De Poner En Conocimiento De La Unidad Competente, Los Problemas Y Las Necesidades Que Resulten De La Aplicación De Las Disposiciones Legales Reguladoras Del Derecho De Trabajo; F) Sugerir Las Medidas Tendientes A Mejorar La Vigilancia Y Control Del Cumplimiento De Las Normas Legales, En Materia Laboral, Y G) Preparar, Con Destino A La División De Instrucción Y Capacitación Laboral, El Material Didáctico En Materia De Vigilancia, E Inspección Del Trabajo
Decreto 62 de 1976 · Por el cual se modifica la organización administrativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Articulo 22. Son funciones de la Sección de Visitaduría del Trabajo
a)
Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las labores del Grupo de Encuestas Laborales;
b)
Adelantar las investigaciones a que haya lugar por el incumplimiento de las normas legales, convencionales o arbítrales, en materia laboral;
c)
Practicar visitas de inspección para establecer el cumplimiento de las normas legales, en materia laboral y de Seguridad Social de los trabajadores;
d)
Imponer las sanciones pertinentes a quienes violen las normas legales, convencionales o arbitrales;
e)
Estudiar las actas de visitas de inspección y los informes relacionados con las investigaciones, con el fin de poner en conocimiento de la unidad competente, los problemas y las necesidades que resulten de la aplicación de las disposiciones legales reguladoras del Derecho de Trabajo;
f)
Sugerir las medidas tendientes a mejorar la vigilancia y control del cumplimiento de las normas legales, en materia laboral, y
g)
Preparar, con destino a la División de Instrucción y Capacitación Laboral, el material didáctico en materia de vigilancia, e inspección del trabajo.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.