Micelio

Artículo 1

Decreto 546 de 1956 · Por el cual se distribuyen las partidas de sueldos del personal y alimentación de profesores del Curso Piloto para Campesinos Adultos de los Llanos Orientales (Meta), para el año de 1956

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para sueldos del personal y alimentación de profesores del Curso Piloto para Campesinos Adultos de los Llanos Orientales (Meta), hácese la siguiente distribución:

Capitula 351, articulo 3659.

Sueldos en 10 meses, enero a octubre:

De 2 Expertos Agrícolas Profesores, a $ 335.00 mensuales cada uno

Total

Capitulo 351, articulo 3660.

Alimentación en 9 meses,

febrero a octubre:

De 2 Expertos Agrícolas, a $ 80.00 mensuales cada uno

Total

Parágrafo

, Las partidas, distribuidas en el artículo anterior serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela Vocacional Agrícola de Guacavía-Restrepo (Meta).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 546 de 1956