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Artículo 1

Hacer La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1971: Presupuesto De Inversión Ministerio De Salud Pública Capítulo 630 Ministerio De Salud Pública Programa 637 Construcción Terminación De Hospitales, Centros Y Puestos De Salud

Decreto 1589 de 1971 · Por el cual se hace una distribucción parcial en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971 (Ministerio de Salud Pública), por $ 1.000.000.00 y se dicta otra disposición

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1971: Presupuesto de Inversión Ministerio de Salud Pública CAPÍTULO 630 Ministerio de Salud Pública Programa 637 Construcción terminación de Hospitales, Centros y Puestos de Salud. Inversión directa Recursos ordinarios 510 352 Artículo 6332-A. Para programas de emergencia hospitalaria, por conducto del Fondo Nacional Hospitalario, mediante distribución por Decreto que el Ministerio de Salud propondrá a la Dirección General del Presupuesto $ 4.000.00 Que se distribuye parcialmente, así: Proyecto 1. Hospital San Vicente de Paúl de Medellín, para inversión $ 1.000.000 Total $ 1.000.000

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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