Micelio

Artículo 2

º Con Corte Al Último Día Del Mes De Marzo De 1992 Se Determinará La Rentabilidad Efectiva Anual Obtenida Durante El Primer Período Trimestral Por El Fondo De Cesantía, Expresada En Términos De Tasa Efectiva Anual

Decreto 464 de 1992 · por el cual se dictan normas relacionadas con el régimen de las sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Con corte al último día del mes de marzo de 1992 se determinará la rentabilidad efectiva anual obtenida durante el primer período trimestral por el fondo de cesantía, expresada en términos de tasa efectiva anual. Esta tasa se confrontará con la certificada por el Banco de la República para efectos de establecer el cumplimiento de la rentabilidad mínima.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 464 de 1992