Micelio

Artículo 13

Decreto Y Practica De Las Pruebas

Decreto 1577 de 1974 · Por la cual se reglamenta las Leyes 200 de 1936 y 135 de 1931, con las modificaciones introducidas por las Leyes 1ª de 1968 y 4ª de 1973 en lo relativo a la extinción del derecho de dominio privado sobre inmuebles rurales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 13. Decreto y practica de las pruebas. Decreto de los cinco (5) días siguientes al vencimiento del término a que se refiere al artículo anterior, el Instituto decretara las pruebas solicitadas, las cuales deberán practicarse dentro de los cincuenta (50) días siguientes. Cuando el interesado no solicite la práctica de inspección ocular, el Instituto ordenara la realización de una diligencia de alineación de zonas para determinar cuales porciones del predio se encuentran económicamente explotadas y cuales se hallan incultas.

Parágrafo

Las pruebas solicitadas por el interesado se practicaran a su costa y las decretadas de oficio o a solicitud del Ministerio Público, por cuenta del Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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