Micelio

Artículo 4

Expedición De Nuevas Órdenes De Captura

Decreto 2125 de 2017 · Por medio del cual se establece el procedimiento para dar cumplimiento a lo señalado en los parágrafos transitorios 3A y 3B del artículo 8° de la Ley 418 de 1997, modificado por el artículo 1° de la Ley 1779 de 2016, y adicionados por el Decreto-ley 900 de 2017.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Expedición de nuevas órdenes de captura. La autoridad judicial competente al momento de expedir una nueva orden de captura, por hechos cometidos con anterioridad al 1° de diciembre de 2016, en contra de las personas que se encuentren relacionadas en la información entregada por el Alto Comisionado para la Paz, suspenderá la ejecución de la misma hasta que sea resuelta la situación jurídica de estas por el órgano pertinente de la Jurisdicción Especial para la Paz y comunicará dicha decisión a las autoridades pertinentes.

Parágrafo 1

La autoridad judicial competente consultará al Fiscal General de la Nación, al Consejo Superior de la Judicatura, a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y a la Secretaría Ejecutiva de la JEP, si la persona a quien se le va a expedir la orden de captura se encuentra en la información entregada por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, de conformidad con el artículo 2° del presente decreto, con el fin de suspender la ejecución de dicha orden.

Parágrafo 2

La autoridad judicial competente al momento de expedir la orden de captura debe dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 350 de la Ley 600 de 2000 y 298 de la Ley 906 de 2004, según corresponda. En especial a lo referente a la identificación e individualización de la persona cuya captura se ordena y la fecha exacta de los hechos.

Parágrafo 3

La autoridad Judicial competente, comunicará la decisión de suspensión de la ejecución de las órdenes de captura a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol, a la Secretaría Ejecutiva de la JEP y a la Fiscalía General de la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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