Micelio

Artículo 74

Prestaciones Sociales En Situaciones Especiales

Decreto 613 de 1977 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prestaciones sociales en situaciones especiales. Las prestaciones sociales de los Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional en servicio activo que se encuentren en cualquiera de las situaciones especiales a que se refieren los artículos 67 y 73 de este Decreto, serán las correspondientes al grado respectivo y se liquidarán y pagarán sobre la base de los haberes que devengarían si se encontraran de guarni­ción en Bogotá. CAPITULO II De las destinaciones, traslados, comisiones y licencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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