Micelio

Artículo 79

Independencia De Las Cuentas En El Depósito De Valores

Decreto 2175 de 2007 · por el cual se regula la administración y gestión de las carteras colectivas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Independencia de las cuentas en el depósito de valores. Cada cartera colectiva deberá tener identificada en el depósito de valores una cuenta segregada y diferenciada de las de la sociedad administradora de la cartera colectiva, de las demás carteras colectivas que sean administradas por esta y de las de sus otros clientes, en la que se depositen los títulos o valores que conforman su portafolio. T I T U L O XII DE LOS FONDOS DE CAPITAL PRIVADO

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2175 de 2007