Micelio

Artículo 5

º El Consejo De Políticas De Programación De Radio Y Televisión Educativa Y Cultural Podrán Deliberar Con La Concurrencia De Tres (3) De Sus Miembros, Siempre Y Cuando Estén Presentes El Ministro De Comunicaciones O Su Delegado Y El Ministro De Educación Nacional O Su Delegado

Decreto 3266 de 1985 · Por el cual se crea un consejo de políticas y programación de Televisión Educativa y Cultural del Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Consejo de Políticas de Programación de Radio y Televisión Educativa y Cultural podrán deliberar con la concurrencia de tres (3) de sus miembros, siempre y cuando estén presentes el Ministro de Comunicaciones o su delegado y el Ministro de Educación Nacional o su delegado .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3266 de 1985