Micelio

Artículo 20

Decreto 2804 de 2005 · por el cual se adopta el programa de venta de las acciones de la Corporación Colombiana de Logística S. A., CCL, que forman parte del Patrimonio Autónomo número 3-1-0316 abierto en Fiducafé, cuyo fideicomitente y titular de derechos beneficiarios es Central de Inversiones S. A. CISA.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reglamento de enajenación y adjudicación. El reglamento de enajenación y adjudicación para la Primera Etapa o el instructivo operativo si la enajenación se efectúa a través de la Bolsa de Valores, contendrá, entre otros aspectos, las reglas y procedimientos correspondientes a la oferta pública de venta de las acciones; las Condiciones Especiales de que trata el artículo 5º del presente decreto; las reglas aplicables para presentar aceptaciones de compra; la forma de acreditar los requisitos establecidos; las reglas correspondientes a la adjudicación de aceptaciones y, en general, todos los aspectos que se requieran para concretar el Programa de Enajenación de que trata el presente decreto. El reglamento de enajenación y adjudicación para la Segunda y la Tercera Etapa o el instructivo operativo si la enajenación se efectúa a través de la Bolsa de Valores contendrá, entre otros aspectos, las reglas, procedimientos, condiciones y modalidades relativas al desarrollo del proceso de enajenación; las correspondientes a la recepción de ofertas; la forma de acreditar los requisitos que se establezcan; el monto y la calidad de las garantías de seriedad de la oferta; el precio y la forma de pago; los instrumentos que incentiven la participación de inversionistas interesados en adquirir las acciones y, en general, todos los aspectos que se requieran para desarrollar el Programa de Enajenación contenido en el presente decreto.

Parágrafo

Los reglamentos de enajenación y adjudicación para la Primera, Segunda y Tercera Etapa, serán expedidos por el Vendedor y podrán ser modificados o aclarados mediante adendos que expida el mismo. En caso de que la enajenación se realice a través de la Bolsa de Valores, los reglamentos aplicables serán los de esta y el aviso y el instructivo operativo se hará de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Vendedor y previa autorización expresa del mismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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