º Para que la familia de los rectores o de otros profesores puedan vivir dentro de los edificios de las escuelas y colegios, se necesitará que dispongan de un departamento, especialmente acomodado y dotado de servicios independientes de cocina, comedor y sanitarios. En este caso, las familias allí alojadas se abstendrán de hacer uso de los recursos de los economatos de los establecimientos, ocupar a los empleados del servicio doméstico de la comunidad, en menesteres particulares.
Decreto 1194 de 1949 →Vigente
Artículo 6
Para Que La Familia De Los Rectores O De Otros Profesores Puedan Vivir Dentro De Los Edificios De Las Escuelas Y Colegios, Se Necesitará Que Dispongan De Un Departamento, Especialmente Acomodado Y Dotado De Servicios Independientes De Cocina, Comedor Y Sanitarios
Decreto 1194 de 1949 · Por el cual se reglamenta el uso de algunos bienes del Estado, dependientes de los establecimientos de educación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.