Micelio

Artículo 18

Reserva De Documentos Privados

Decreto 2444 de 1990 · por el cual se regulan las disposiciones sobre los derechos antidumping y compensatorios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reserva de documentos privados. Al iniciar la actuación se hará cuaderno separado para llevar a él las cartas, papeles privados, datos o copias tomados de los libros de contabilidad y sus anexos, y los demás documentos privados que el peticionario o cualquiera de los intervinientes hayan aportado o aporten a las autoridades, o que éstas se hayan procurado o se procuren en ejercicio de las facultades legales. Tales documentos son reservados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 de la Constitución Política y no podrán ser registrados sino por las autoridades. Quienes aporten documentos privados pueden renunciar a la reserva, en escrito dirigido al Incomex. Este puede solicitar que se envíen resúmenes no confidenciales de ellos y si tal solicitud no fuere atendida, quien la desatienda explicará sus motivos. El carácter reservado de un documento no será oponible a las autoridades que lo soliciten para el debido ejercicio de sus funciones. Corresponde a las autoridades asegurar la reserva de tales documentos cuando lleguen a conocerlos en el curso de los procedimientos a los que se refiere este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2444 de 1990