Reserva de documentos privados. Al iniciar la actuación se hará cuaderno separado para llevar a él las cartas, papeles privados, datos o copias tomados de los libros de contabilidad y sus anexos, y los demás documentos privados que el peticionario o cualquiera de los intervinientes hayan aportado o aporten a las autoridades, o que éstas se hayan procurado o se procuren en ejercicio de las facultades legales. Tales documentos son reservados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 de la Constitución Política y no podrán ser registrados sino por las autoridades. Quienes aporten documentos privados pueden renunciar a la reserva, en escrito dirigido al Incomex. Este puede solicitar que se envíen resúmenes no confidenciales de ellos y si tal solicitud no fuere atendida, quien la desatienda explicará sus motivos. El carácter reservado de un documento no será oponible a las autoridades que lo soliciten para el debido ejercicio de sus funciones. Corresponde a las autoridades asegurar la reserva de tales documentos cuando lleguen a conocerlos en el curso de los procedimientos a los que se refiere este Decreto.
Decreto 2444 de 1990 →Vigente
Artículo 18
Reserva De Documentos Privados
Decreto 2444 de 1990 · por el cual se regulan las disposiciones sobre los derechos antidumping y compensatorios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.