Micelio

Artículo 1

Ley 97 de 1890 · De presupuestos nacionales de rentas y gastos para la vigencia económica de 1891 y 1892

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1°. El monto de las rentas y contribuciones nacionales que se recauden en el presente bienio económico de 1891 y 1892, para atender a los gastos de la administración pública, se computa, por aproximación, en la suma de veinte millones trescientos cincuenta y un mil cien pesos ($ 20.351,100), conforme al siguiente pormenor:

Presupuesto de Gastos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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