Serán funciones de esta División, las siguientes:
Analizar los diferentes factores y problemas estructurales que incidan en la distribución y consumo de bienes y servicios;
Proponer las medidas tendientes a obtener una óptima distribución de los bienes por parte del comercio interno del país, así como aquellas que propendan por la mejor prestación de los diferentes servicios;
Actuar como organismo asesor y secretarial del comité sectorial o técnico, en el cual se discutan los planes y programas de mercadeo y comercialización, para lo cual diseñará y elaborará tanto los estudios, planes, programas y medidas específicos para su implementación, que deban someterse a consideración de estos comités, así como aquellos que éstos mismos ordenen elaborar;
Asesorar a la Dirección General de Comercio Interno en el cumplimiento de las funciones que le señala el artículo 26 de la presente Ley;
Desarrollar las demás actividades que le asignen la ley o el reglamento.