Micelio

Artículo 2

Los Dineros Recaudados En La Forma De Que Trata El Artículo Anterior Se Consignarán Diariamente En La Caja Respectiva A La Cuenta "impuesto Timbre"

Decreto 411 de 1952 · Por el cual se reglamenta el numeral 33 del artículo 1° de la Ley 69 de 1946

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los dineros recaudados en la forma de que trata el artículo anterior se consignarán diariamente en la Caja respectiva a la cuenta "Impuesto Timbre".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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