Valor del acta. El acta hace fe, mientras no sea tachada de falsedad y probada la tacha, de todo lo que el juez o funcionario atestigüe haber hecho u observado o que ha sucedido en su presencia, pero no impide, por parte del juez, la libre apreciación de los hechos atestiguados o de las declaraciones recibidas en la diligencia.
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