Micelio

Artículo 1

Decreto 555 de 1935 · por el cual se fija el dia en que comienza a regir el Decreto número 459, de 8 de marzo de 1935.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Las disposiciones contenidas en el Decreto número 459 de 8 de marzo de 1935, comenzarán a regir desde el 1° de junio del corriente año. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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