Micelio

Artículo 1

Ley 57 de 1913 · Por la cual se ordena la construcción de una casa para servicio de Oficinas de la Administración de las Salinas de Cundinamarca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno procederá a edificar una casa en el lote que la Nación posee en la plaza principal de la ciudad de Zipaquirá, que se destinará para el servicio de la oficina de la Administración Principal de las Salinas de Cundinamarca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 57 de 1913