Asignación básica mensual. A partir del 1º de enero de 2021, la asignación básica mensual de los servidores públicos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar será la señalada para su grado, de acuerdo con la siguiente escala: GRADO ASIGNACIÓN MENSUAL GRADO ASIGNACIÓN MENSUAL 1 - 12 1.904.789 2 908.526 13 1.947.470 3 1.017.657 14 2.035.373 4 1.101.520 15 2.335.989 5 1.249.670 16 2.562.115 6 1.362.766 17 2.980.672 7 1.441.528 18 3.091.150 8 1.573.809 19 3.304.505 9 1.640.398 20 3.370.770 10 1.735.166 21 3.845.284 11 1.845.317 22 4.198.636
En el presente artículo se suprime el grado 01, los empleos del grado suprimido devengarán en adelante la asignación básica mensual fijada para el grado 02. Las entidades deberán ajustar su manual de funciones y de competencias laborales en lo correspondiente, sin que a los servidores que vienen desempeñando los citados empleos se les exija requisitos diferentes a los acreditados en el momento de su posesión. Ningún empleado a quien se aplique el presente decreto tendrá una asignación básica mensual inferior a la correspondiente al grado 02.