º Para el cumplimiento de sus funciones, la Junta de Inmigraciones y Asentamientos Humanos se reunirá, conforme a las decisiones de su Presidente, por lo menos una vez cada trimestre y propondrá por conducto del Jefe de Dainco al Presidente de la República, las medidas especiales que deban adoptarse .
Decreto 587 de 1988 →Vigente
Artículo 2
º Para El Cumplimiento De Sus Funciones, La Junta De Inmigraciones Y Asentamientos Humanos Se Reunirá, Conforme A Las Decisiones De Su Presidente, Por Lo Menos Una Vez Cada Trimestre Y Propondrá Por Conducto Del Jefe De Dainco Al Presidente De La República, Las Medidas Especiales Que Deban Adoptarse
Decreto 587 de 1988 · Por el cual se reglamenta el decreto Ley 471 de 1986
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.