INCITACION A LA COMISION DE DELITOS MILITARES. El que en beneficio de actividades terroristas incite al personal de las Fuerzas Militares, Policía Nacional u Organismos de Seguridad del Estado a desertar, abandonar el puesto o el servicio, o ponga en práctica cualquier medio para este fin, incurrirá en prisión de cinco (5) a diez (10) años y multa de cinco (5) a cincuenta (50) salarios mínimos mensuales. CAPITULO 2º. DELITOS QUE ATENTAN CONTRA LA LIBERTAD INDIVIDUAL Y EL PATRIMONIO ECONOMICO.
Decreto 180 de 1988 →Vigente
Artículo 21
Decreto 180 de 1988 · Por el cual se complementa algunas normas del Código Penal y se dictan otras disposiciones conducentes al restablecimiento del orden público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.