Micelio

Artículo 257

Para Material Y Toda Clase De Gastos Que Demande El Levantamiento Del Catastro Nacional, Sostenimiento Del Instituto Geográfico, Militar Y Catastral, Oficinas Seccionales De Catastro, Y Para Devolución De Las Rentas Del Mismo, Que Se Hayan Cobrado De Más En Vigencias Anteriores $ 62

Decreto 3412 de 1950 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente: Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Capítulo 29. Del artículo 257. Para material y toda clase de gastos que demande el levantamiento del Catastro Nacional, sostenimiento del Instituto Geográfico, Militar y Catastral, Oficinas Seccionales de Catastro, y para devolución de las rentas del mismo, que se hayan cobrado de más en vigencias anteriores $ 62.000.00 Suman los contracréditos $ 62.000.00 Capítulo 29. Al artículo 256. Para sueldos del personal del Instituto Geográfico Militar y Catastral, Oficinas Seccionales de Catastro, incluyendo servicios técnicos, en el año $ 62.000. 00 Suman los créditos $ 62.000. 00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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