Articulo 13 . El cargo de Gerente de SENARC será desempeñado por un Oficial de la Armada Nacional en servicio activo o en retiro. CAPITULO IV. Personal.
Decreto 100 de 1984 →Vigente
Artículo 13
Decreto 100 de 1984 · Por el cual se crea el Servicio Naviero Armada República de Colombia, SENARC.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.