Las licencias para la utilización de las bandas atribuidas al servicio móvil marítimo tendrán un costo por el termino inicial de duración de la licencia, según la siguiente tabla: TABLA 17 CLASE Salarios Mínimos Legales Mensuales Nave mayor de 10.001 TRN 5 Nave mayor entre 501 y 10.000 TRN 3 Nave mayor de menos de 500 TRN 2 Nave menor de navegación internacional 2 Nave menor o embarcación 1 Operador marítimo de naves mayores 5 Operador marítimo de naves menores 2 Operador portuario 5 Operador fluvial 1 Radio operador 0.4 Modificación 1 El pago deberá efectuarse a favor del Fondo de Comunicaciones.
Decreto 2061 de 1996 →Vigente
Artículo 84
Decreto 2061 de 1996 · por el cual se reglamentan las telecomunicaciones del servicio móvil marítimo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.