Micelio

Artículo 10

Objeto Del Instituto De Investigación De Recursos Biológicos “alexander Von Humboldt”

Decreto 1123 de 1999 · por el cual se reestructura el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos “Alexander von Humboldt”, el Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras “José Benito Vives de Andreis” -Invemar-, el Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico “Jhon Von Newmann”, el Instituto Amazónico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Objeto del Instituto de Investigación de Recursos Biológicos “Alexander von Humboldt”. El Instituto de Investigación de Recursos Biológicos “Alexander von Humboldt” tiene como misión promover, coordinar, y realizar investigación que contribuya a la conservación y uso sostenible de la biodiversidad en Colombia. En tal virtud le corresponde:

1.

1. Realizar, en el territorio continental de la Nación, investigación científica sobre la diversidad biológica de Colombia. Estas investigaciones contemplan la recolección, conservación, caracterización, evaluación y valoración de estos recursos.

2.

2. Levantar y formar el inventario nacional de la biodiversidad, desarrollar un sistema nacional de información sobre la misma y conformar bancos genéticos.

3.

3. Dar apoyo técnico y científico al Ministerio del Medio ambiente y a las demás entidades que conforman el Sistema Nacional Ambiental –SINA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1123 de 1999